ATP, Informa El ejeutivo Nacional Anuncio que Las Ganancias se repartirá en lo que queda del año.

IMPUESTOS: El beneficio por el reintegro de Ganancias se repartirá en lo que queda del añoEs por el modo en el que la mayoría de las empresas retienen el impuesto. Una parte del adicional por el medio aguinaldo se devolverá en agosto. El resto de los meses, disminuirá ligeramente el monto de la retención.
En campaña, Cristina anunció el reintegro de Ganancias del aguinaldo
La exención de Ganancias del medio aguinaldo de junio tendrá para la mayor parte de los asalariados un impacto que será visible en una porción menor, ya que el beneficio se distribuirá a lo largo de la segunda mitad del año y sólo una parte se devolverá efectivamente en agosto, con la liquidación del sueldo de julio. Esto es así porque Ganancias es un tributo anual. El decreto 1.006, anunciado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner el jueves pasado y publicado en el Boletín Oficial el viernes 26, incrementa en un monto idéntico al del medio aguinaldo de junio las deducciones especiales del impuesto (lo que, en los hechos, es lo mismo que elevar en ese monto el mínimo no imponible).El decreto, que excluye a quienes cobran un sueldo bruto superior a los 25.000 pesos mensuales, establece que «el beneficio (…) deberá exteriorizarse inequívocamente en los recibos de haberes que comprendan a las remuneraciones devengadas en el mes de julio del año 2013 (…) bajo el concepto Beneficio Decreto Nº 1006/2013».Eso hizo suponer que el total de lo que se incrementa las deducciones anuales de Ganancias a raíz del medio aguinaldo sería devuelto en agosto, con el sueldo de julio.Pero la mayoría de las empresas, que actúan como agentes de retención, distribuyen el impacto del medio aguinaldo en Ganancias a lo largo de la segunda mitad del año. Es decir que, del total del adicional que el empleado debe pagar de Ganancias por el medio aguinaldo, una parte se paga en julio, con la liquidación de junio y el mismo medio aguinaldo, y el resto se reparte a lo largo de los meses siguientes.Entonces, en agosto (con la liquidación de julio) las empresas devolverán esa parte que había sido retenida, mientras que en los meses restantes el beneficio se repartirá pero no como devolución sino en la forma de una retención de Ganancias ligeramente menor a la que el trabajador hubiera sufrido sin la exención para el medio aguinaldo. Solo verán todo el beneficio como devolución y de una sola vez los empleados de empresas que retienen todo el adicional de Ganancias resultante del medio aguinaldo de junio con la liquidación de ese medio sueldo anual complementario.A eso todavía se debe sumar que el decreto tomó por sorpresa a muchas empresas que ya habían realizado las liquidaciones de julio, sin la exención de Ganancias para el medio aguinaldo ni la devolución de lo ya retenido por el aguinaldo; en esos casos, las opciones para las compañías fueron volver a liquidar los sueldos de julio o decidir la devolución de la exención con un ajuste posterior.